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TÍTULO NOMBRE CORTO DESCRIPCIÓN                                                                                          
Programas sociales a69_f15_a Publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos.                                                                                          
1 4 4 9 9 2 2 9 9 1 1 1 7 9 4 4 2 10 3 7 3 3 2 6 6 6 6 6 7 7 2 2 2 2 2 2 2 1 2 2 7 2 10 2 9 2 9 7 10 7 7 2 13 14
492583 492613 492614 561996 492621 492584 561997 570809 492606 492581 492615 492616 492575 492617 492595 492596 492576 492578 492577 590077 570810 570811 492579 492598 492599 492600 492601 492620 492602 492603 492610 492588 492587 492585 492589 492612 492590 492582 492591 492586 492604 492592 492580 492593 492607 492594 492605 492619 492622 492611 561998 492618 492608 492609
Tabla Campos
Ejercicio Fecha de inicio del periodo que se informa Fecha de término del periodo que se informa Ámbito(catálogo): Local/Federal Tipo de programa (catálogo) Denominación del programa Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece la persona beneficiaria, en su caso ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> El programa o subprograma a cargo del sujeto obligado está relacionado con temáticas de violencia de género y/o igualdad de género (catálogo) El programa es desarrollado por más de un área (catálogo) Sujeto obligado corresponsable del programa Área(s) responsable(s) del desarrollo del programa Denominación del documento normativo en el cual se especifique la creación del programa Hipervínculo al documento normativo en el cual se especifique la creación del programa El periodo de vigencia del programa está definido (catálogo) Fecha de inicio vigencia Fecha de término vigencia Diseño del programa Objetivos, alcance y metas del programa
Tabla_492578
Población beneficiada estimada (número de personas) Hipervínculo que dirija a la publicidad de los programas, en su caso ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Total de hombres ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Total de mujeres Nota metodológica de cálculo Monto del presupuesto aprobado Monto del presupuesto modificado Monto del presupuesto ejercido Monto déficit de operación Monto gastos de administración Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances Hipervínculo calendario presupuestal Criterios de elegibilidad previstos (Redactados con perspectiva de género) Requisitos y procedimientos de acceso (Redactados con perspectiva de género) Monto mínimo por persona beneficiaria (en dinero o en especie) Monto máximo por persona beneficiaria (en dinero o en especie) Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana (Redactados con perspectiva de género) Mecanismos de exigibilidad (Redactados con perspectiva de género) Mecanismos de cancelación del apoyo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) Periodo evaluado Mecanismos de evaluación Instancia(s) evaluadora(s) Hipervínculo a resultados de informe de evaluación Seguimiento a las recomendaciones (en su caso) Indicadores respecto de la ejecución del programa
Tabla_492580
Formas de participación social (Redactados con perspectiva de género) Articulación otros programas sociales (catálogo) Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado Está sujetos a reglas de operación (catálogo) Hipervínculo a las Reglas de Operación (Redactados con perspectiva de género) Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones
Tabla_492622
Hipervínculo al padrón de personas beneficiarias o participantes. Este documento deberá ser el publicado en el DOF, Gaceta o cualquier medio oficial según corresponda Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información Fecha de actualización Nota
2025 01/04/2025 30/06/2025 Local Programas de servicios Beca Alimenticia    No No Instituto Tecnológico Superior de Huichapan Dirección Académica (Instituto Tecnológico Superior de Huichapan) Reglas de Operación del Programas de Becas Institucionales del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan, para el Ejercicio Fiscal 2025. https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025 Si 12/05/2025 31/05/2025 Convocatoria Beca Alimenticia semestre enero-julio 2025 1 28 https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025 10 18 De acuerdo a lo establecido en dictamen de factibilidad  del proyecto Programa de Becas Institucionales delInstituto tecnológico Superior de Huichapan para el ejercicio físcal 2025 11952 0 11952 0 0     El proceso de operación de este programa se hará a través del Comité  de Becas del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan REQUISITOS:
I. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país;
II. Ser estudiante inscrito en un programa de Licenciatura ofertado por el Instituto Tecnológico Superior de Huichapan;
III. Presentar un estudio socioeconómico para valoración.
PROCEDIMIENTO:
El procedimiento estará definido de la siguiente manera:
I. El Comité de Becas Institucional aprueba la convocatoria;
II. La Dirección Académica recibe, publica y difunde la convocatoria;
III. El estudiante consulta la convocatoria e inicia el trámite;
IV. El estudiante integra y entrega la documentación solicitada;
V. La Dirección Académica realizará la recepción de expedientes;
VI. La Dirección Académica convoca a sesión al Comité de Becas;
VII. El Comité de Becas delibera sobre los beneficiarios y emite resultados;
VIII. El Comité de Becas envía a la Dirección Académica el padrón de beneficiarios;
IX. La Dirección Académica publica, en los plazos establecidos, los resultados;
X. La Subdirección de Servicios Administrativos realiza el pago correspondiente a la concesionaria de la cafetería;
XI. El estudiante recibe el beneficio.
A los/las estidiantes beneficiarios/as reciben el apoyo de $36.00 (treinta y seis pesos 00/100 M.N.) del costo total de una comida diaria, para el semestre enero-julio 2025; con una vigencia del 12 al 31 de mayo de 2025. A los/las estidiantes beneficiarios/as reciben el apoyo de $36.00 (treinta y seis pesos 00/100 M.N.) del costo total de una comida diaria, para el semestre enero-julio 2025; con una vigencia del 12 al 31 de mayo de 2025. Las quejas y/o sugerencias serán recibidas a través de los buzones que se habiliten para tal efecto, de la página web institucional, de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios recibidos por parte del personal Directivo. En los buzones y en la página institucional existirán formularios para la presentación de las quejas y/o sugerencias, los cuales deberán llenarse completamente. Para el caso de las quejas y/o sugerencias a través de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios la persona que reciba la queja y/o sugerencia deberá recabar todos los elementos que contiene el formulario previo.
Una vez que entra la queja y/o sugerencia se registra en el SIAP Software, éste en automático asigna un folio para su seguimiento el cual es notificado al usuario. Dirección General realizará un examen inicial de la misma, para determinar si se tiene respuesta inmediata o es necesario turnarla a alguna de las áreas. Las quejas y/o sugerencias podrán ser rechazadas cuando: se trate de asuntos fuera de la competencia de la Institución y/o no quede claramente explicado el motivo. Las quejas y/o sugerencias de las cuales se desconozca la identidad serán presentadas en las Sesiones Ordinarias del Comité de Calidad para que el Comité las analice y determine qué hacer con ellas. 
Buzón de quejas y sugerencias En caso de que los y las estudiantes que no cumplan con los requisitos o documentación en las fechas establecidos en la Convocatoria emitida por el Comité de becas del ITESHU, así mismo si acumulan cinco faltas injustificadas a recibir la beca, causará baja del programa.           1   No   https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025   https://www.iteshu.edu.mx/transparencia/becas/2025/RESULTADOS_BECA_ALIMENTICIA_2025_S.pdf   Dirección Académica (ITESHU) 10/07/2025  De acuerdo a la naturaleza del programa no se requiere (Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece la persona beneficiaria, en su caso; Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances; Hipervínculo calendario presupuestal; Periodo evaluado; Mecanismos de evaluación; Instancia(s) evaluadora(s); Hipervínculo a resultados de informe de evaluación; Seguimiento a las recomendaciones (en su caso); Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado; Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones; Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar.
2025 01/04/2025 30/06/2025 Local Programas de servicios Beca de Aprovechamiento    No No Instituto Tecnológico Superior de Huichapan Dirección Académica (Instituto Tecnológico Superior de Huichapan) Reglas de Operación del Programas de Becas Institucionales del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan, para el Ejercicio Fiscal 2025. https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025 Si 13/05/2025 31/05/2025 Convocatoria Beca de Aprovechamiento semestre enero-julio 2025 2 154 https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025 49 105 De acuerdo a lo establecido en dictamen de factibilidad  del proyecto Programa de Becas Institucionales delInstituto tecnológico Superior de Huichapan para el ejercicio físcal 2025 117880 0 117880 0 0     El proceso de operación de este programa se hará a través del Comité  de Becas del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan REQUISITOS:
I. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país;
II. Ser estudiante inscrito en un programa de licenciatura o posgrado del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan;
III. Tener un promedio de calificación general igual o mayor a 92 (noventa y dos) o su equivalente en una escala de 0 (cero) a 100 (cien) en el periodo escolar inmediato anterior; y
IV. Haber acreditado sus materias en primera oportunidad del semestre inmediato anterior.
PROCEDIMIENTO:
El procedimiento estará definido de la siguiente manera:
I. El Comité de Becas aprueba la convocatoria;
II. La Dirección Académica recibe, publica y difunde la convocatoria;
III. El estudiante consulta la convocatoria e inicia el trámite;
IV. El estudiante integra y entrega la documentación solicitada;
V. La Dirección Académica realizará la recepción de expedientes;
VI. La Dirección Académica convoca a sesión al Comité de Becas;
VII. El Comité de Becas delibera sobre los beneficiarios y emite resultados;
VIII. El Comité de Becas envía a la Dirección Académica el padrón de beneficiarios;
IX. La Dirección Académica publica, en los plazos establecidos, los resultados;
X. La Subdirección de Servicios Administrativos realiza el pago correspondiente; y
XI. El estudiante recibe el apoyo.
A los/las estidiantes beneficiarios/as reciben el apoyo con el reintegro de $660.00 (seiscientos sesenta pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de Licenciatura y el reintegro de $1,820.00 (mil ochocientos veinte pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de posgrado; para el semestre enero-julio 2025.  A los/las estidiantes beneficiarios/as reciben el apoyo con el reintegro de $660.00 (seiscientos sesenta pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de Licenciatura y el reintegro de $1,820.00 (mil ochocientos veinte pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de posgrado; para el semestre enero-julio 2025.  Las quejas y/o sugerencias serán recibidas a través de los buzones que se habiliten para tal efecto, de la página web institucional, de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios recibidos por parte del personal Directivo. En los buzones y en la página institucional existirán formularios para la presentación de las quejas y/o sugerencias, los cuales deberán llenarse completamente. Para el caso de las quejas y/o sugerencias a través de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios la persona que reciba la queja y/o sugerencia deberá recabar todos los elementos que contiene el formulario previo.
Una vez que entra la queja y/o sugerencia se registra en el SIAP Software, éste en automático asigna un folio para su seguimiento el cual es notificado al usuario. Dirección General realizará un examen inicial de la misma, para determinar si se tiene respuesta inmediata o es necesario turnarla a alguna de las áreas. Las quejas y/o sugerencias podrán ser rechazadas cuando: se trate de asuntos fuera de la competencia de la Institución y/o no quede claramente explicado el motivo. Las quejas y/o sugerencias de las cuales se desconozca la identidad serán presentadas en las Sesiones Ordinarias del Comité de Calidad para que el Comité las analice y determine qué hacer con ellas. 
Buzón de quejas y sugerencias En caso de que los y las estudiantes que no cumplan con los requisitos o documentación en las fechas establecidos en la Convocatoria emitida por el Comité de becas del ITESHU.           1   No   https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025   https://www.iteshu.edu.mx/transparencia/becas/2025/RESULTADOS_BECA_DE_APROVECHAMIENTO_S.pdf   Dirección Académica (ITESHU) 10/07/2025  De acuerdo a la naturaleza del programa no se requiere (Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece la persona beneficiaria, en su caso; Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances; Hipervínculo calendario presupuestal; Periodo evaluado; Mecanismos de evaluación; Instancia(s) evaluadora(s); Hipervínculo a resultados de informe de evaluación; Seguimiento a las recomendaciones (en su caso); Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado; Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones; Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar.
2025 01/04/2025 30/06/2025 Local Programas de servicios Beca para Trabajadores e Hijos de Trabajadores    No No Instituto Tecnológico Superior de Huichapan Dirección Académica (Instituto Tecnológico Superior de Huichapan) Reglas de Operación del Programas de Becas Institucionales del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan, para el Ejercicio Fiscal 2025. https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025 Si 13/05/2025 31/05/2025 Convocatoria Beca para Trabajadores e Hijos de Trabajadores semestre enero-julio 2025 3 8 https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025 4 4 De acuerdo a lo establecido en dictamen de factibilidad  del proyecto Programa de Becas Institucionales delInstituto tecnológico Superior de Huichapan para el ejercicio físcal 2025 10552 0 10552 0 0     El proceso de operación de este programa se hará a través del Comité  de Becas del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan REQUISITOS:
I. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país; y
II. Ser estudiante inscrito en un programa de licenciatura y/o posgrado ofertado por el Instituto Tecnológico Superior de Huichapan;
III. Para estudiantes que se reinscriban tener un promedio de calificación general igual o mayor a 80 (ochenta) en el periodo escolar inmediato anterior y haber acreditado todas sus materias del periodo inmediato anterior;
IV. Los estudiantes que sean trabajadores o hijos de trabajadores en activo deberán demostrarlo con documentos oficiales especificados en el apartado de “Documentos a entregar”.
PROCEDIMIENTO:
El procedimiento estará definido de la siguiente manera:
I. El Comité de Becas aprueba la convocatoria;
II. La Dirección Académica recibe, publica y difunde la convocatoria;
III. El estudiante consulta la convocatoria e inicia el trámite;
IV. El estudiante integra y entrega la documentación solicitada;
V. La Dirección Académica realizará la recepción de expedientes;
VI. La Dirección Académica convoca a sesión al Comité de Becas;
VII. El Comité de Becas delibera sobre los beneficiarios y emite resultados;
VIII. El Comité de Becas envía a la Dirección Académica el padrón de beneficiarios;
IX. La Dirección Académica publica, en los plazos establecidos, los resultados;
X. La Subdirección de Servicios Administrativos realiza el pago correspondiente; y
XI. El estudiante recibe el apoyo.
A los/las estidiantes beneficiarios/as reciben el apoyo con el reintegro de $608.00 (seiscientos ocho pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de Licenciatura y el reintegro de $2,504.00 (dos mil quinientos cuatro pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de posgrado; para el semestre enero-julio 2025. A los/las estidiantes beneficiarios/as reciben el apoyo con el reintegro de $608.00 (seiscientos ocho pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de Licenciatura y el reintegro de $2,504.00 (dos mil quinientos cuatro pesos 00/100 M.N.) del pago por el concepto de reinscripción a los estudiantes de posgrado; para el semestre enero-julio 2025. Las quejas y/o sugerencias serán recibidas a través de los buzones que se habiliten para tal efecto, de la página web institucional, de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios recibidos por parte del personal Directivo. En los buzones y en la página institucional existirán formularios para la presentación de las quejas y/o sugerencias, los cuales deberán llenarse completamente. Para el caso de las quejas y/o sugerencias a través de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios la persona que reciba la queja y/o sugerencia deberá recabar todos los elementos que contiene el formulario previo.
Una vez que entra la queja y/o sugerencia se registra en el SIAP Software, éste en automático asigna un folio para su seguimiento el cual es notificado al usuario. Dirección General realizará un examen inicial de la misma, para determinar si se tiene respuesta inmediata o es necesario turnarla a alguna de las áreas. Las quejas y/o sugerencias podrán ser rechazadas cuando: se trate de asuntos fuera de la competencia de la Institución y/o no quede claramente explicado el motivo. Las quejas y/o sugerencias de las cuales se desconozca la identidad serán presentadas en las Sesiones Ordinarias del Comité de Calidad para que el Comité las analice y determine qué hacer con ellas. 
Buzón de quejas y sugerencias En caso de que los y las estudiantes que no cumplan con los requisitos o documentación en las fechas establecidos en la Convocatoria emitida por el Comité de becas del ITESHU.           1   No   https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-10-del-31-de-enero-de-2025   https://www.iteshu.edu.mx/transparencia/becas/2025/RESULTADOS_BECA_PARA_TRABAJADORES_2025_S.pdf   Dirección Académica (ITESHU) 10/07/2025  De acuerdo a la naturaleza del programa no se requiere (Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece la persona beneficiaria, en su caso; Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances; Hipervínculo calendario presupuestal; Periodo evaluado; Mecanismos de evaluación; Instancia(s) evaluadora(s); Hipervínculo a resultados de informe de evaluación; Seguimiento a las recomendaciones (en su caso); Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado; Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones; Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar.