| TÍTULO | NOMBRE CORTO | DESCRIPCIÓN | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Programas sociales | a69_f15_a | Publicar la información relativa a todos los programas que desarrolla o regula y que impliquen subsidios, estímulos y apoyos en efectivo o en especie. Se trata de los programas que de acuerdo con la correspondiente normatividad, los sujetos obligados dirijan a la población para incidir en su bienestar y hacer efectivos sus derechos. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Tabla Campos | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
| Ejercicio | Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Ámbito(catálogo): Local/Federal | Tipo de programa (catálogo) | Denominación del programa | Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece la persona beneficiaria, en su caso | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> El programa o subprograma a cargo del sujeto obligado está relacionado con temáticas de violencia de género y/o igualdad de género (catálogo) | El programa es desarrollado por más de un área (catálogo) | Sujeto obligado corresponsable del programa | Área(s) responsable(s) del desarrollo del programa | Denominación del documento normativo en el cual se especifique la creación del programa | Hipervínculo al documento normativo en el cual se especifique la creación del programa | El periodo de vigencia del programa está definido (catálogo) | Fecha de inicio vigencia | Fecha de término vigencia | Diseño del programa | Objetivos,
alcance y metas del programa Tabla_492578 |
Población beneficiada estimada (número de personas) | Hipervínculo que dirija a la publicidad de los programas, en su caso | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Total de hombres | ESTE CRITERIO APLICA A PARTIR DEL 01/04/2023 -> Total de mujeres | Nota metodológica de cálculo | Monto del presupuesto aprobado | Monto del presupuesto modificado | Monto del presupuesto ejercido | Monto déficit de operación | Monto gastos de administración | Hipervínculo documento de modificaciones a los alcances | Hipervínculo calendario presupuestal | Criterios de elegibilidad previstos (Redactados con perspectiva de género) | Requisitos y procedimientos de acceso (Redactados con perspectiva de género) | Monto mínimo por persona beneficiaria (en dinero o en especie) | Monto máximo por persona beneficiaria (en dinero o en especie) | Procedimientos de queja o inconformidad ciudadana (Redactados con perspectiva de género) | Mecanismos de exigibilidad (Redactados con perspectiva de género) | Mecanismos de cancelación del apoyo, en su caso (Redactados con perspectiva de género) | Periodo evaluado | Mecanismos de evaluación | Instancia(s) evaluadora(s) | Hipervínculo a resultados de informe de evaluación | Seguimiento a las recomendaciones (en su caso) | Indicadores
respecto de la ejecución del programa Tabla_492580 |
Formas de participación social (Redactados con perspectiva de género) | Articulación otros programas sociales (catálogo) | Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado | Está sujetos a reglas de operación (catálogo) | Hipervínculo a las Reglas de Operación (Redactados con perspectiva de género) | Informes
periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones Tabla_492622 |
Hipervínculo al padrón de personas beneficiarias o participantes. Este documento deberá ser el publicado en el DOF, Gaceta o cualquier medio oficial según corresponda | Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar | Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información | Fecha de actualización | Nota |
| 2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Local | Programas de servicios | Beca de Aprovechamiento | No | No | Instituto Tecnológico Superior de Huichapan | Dirección Académica (Instituto Tecnológico Superior de Huichapan) | Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan, para el Ejercicio Fiscal 2024. | https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-6-del-31-de-enero-de-2024 | Si | 12/09/2024 | 30/09/2024 | Convocatoria Beca de Aprovechamiento semestre agosto - diciembre 2024. | 1 | 144 | 108 | 0 | 110364,90 | 0,00 | 110364,90 | 0 | 0 | REQUISITOS: I. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país; II. Ser estudiante inscrito en un programa de licenciatura o posgrado del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan; III. Para Licenciatura tener un promedio de calificación general igual o mayor a 92 (noventa y dos) o su equivalente en una escala de 0 (cero) a 100 (cien) en el periodo escolar inmediato anterior; IV. Para Posgrado lo estipulado en el convenio vigente; V. Haber acreditado sus materias en primera oportunidad del semestre inmediato anterior. PROCEDIMIENTO: El procedimiento estará definido de la siguiente manera: I. El Comité de Becas aprueba la convocatoria; II. La Dirección Académica recibe, publica y difunde la convocatoria; III. El estudiante consulta la convocatoria e inicia el tramite; IV. El estudiante integra y entrega la documentación solicitada; V. La Dirección Académica realizará la recepción de expedientes; VI. La Dirección Académica convoca a sesión al Comité de Becas; VII. El Comité de Becas delibera sobre los beneficiarios y emite resultados; VIII. El Comité de Becas envía a la Dirección Académica el padrón de beneficiarios; IX. La Dirección Académica publica, en los plazos establecidos, los resultados; X. La Subdirección de Servicios Administrativos realiza el pago correspondiente; y XI. El estudiante recibe el apoyo. |
Las y los estudiantes beneficiados se les otorga el reintegro del 54.47% del pago de reinscripción, que equivale a $549.06 (quinientos cuarenta y nueve pesos 06/100 M.N) a los estudiantes de licenciatura, a $3385.86 (Tres mil trescientos ochenta y cinco pesos 86/100 M.N) a los estudiantes de posgrado; con el 54.47% del pago de inscripción, que equivale $972.29 (novecientos setenta y dos pesos 29/100 M.N) a los estudiantes de licenciatura; y para el estudiante con el promedio más alto se considera un apoyo que equivale $987.74 (novecientos ochenta y ocho pesos 08/100 M.N), para el semestre agosto-diciembre 2024 | Las y los estudiantes beneficiados obtienen un 54.47% del pago de reinscripción, que equivale a $549.06 (quinientos cuarenta y nueve pesos 06/100 M.N) a los estudiantes de licenciatura, a $3385.86 (Tres mil trescientos ochenta y cinco pesos 86/100 M.N) a los estudiantes de posgrado; con el 54.47% del pago de inscripción, que equivale $972.29 (novecientos setenta y dos pesos 29/100 M.N) a los estudiantes de licenciatura; y para el estudiante con el promedio más alto se considera un apoyo que equivale $987.74 (novecientos ochenta y ocho pesos 08/100 M.N), para el semestre agosto-diciembre 2024 | Las
quejas y/o sugerencias serán recibidas a través de los buzones que se
habiliten para tal efecto, de la página web institucional, de llamadas
telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios recibidos
por parte del personal Directivo. En los buzones y en la página institucional
existirán formularios para la presentación de las quejas y/o sugerencias, los
cuales deberán llenarse completamente. Para el caso de las quejas y/o
sugerencias a través de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook
institucionales y/o comentarios la persona que reciba la queja y/o sugerencia
deberá recabar todos los elementos que contiene el formulario previo. Una vez que entra la queja y/o sugerencia se registra en el SIAP Software, éste en automático asigna un folio para su seguimiento el cual es notificado al usuario. Dirección General realizará un examen inicial de la misma, para determinar si se tiene respuesta inmediata o es necesario turnarla a alguna de las áreas. Las quejas y/o sugerencias podrán ser rechazadas cuando: se trate de asuntos fuera de la competencia de la Institución y/o no quede claramente explicado el motivo. Las quejas y/o sugerencias de las cuales se desconozca la identidad serán presentadas en las Sesiones Ordinarias del Comité de Calidad para que el Comité las analice y determine qué hacer con ellas. |
Buzón de quejas y sugerencias | En caso de que los y las estudiantes no cumplan con los requisitos o documentación en las fechas establecidos en la Convocatoria emitida por el Comité de becas del ITESHU. | 1 | 1 | No | Sí | Sí | 10/10/2024 | 10/10/2024 | De
acuerdo a la naturaleza del programa no se requiere: Periodo evaluado,
Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece el
beneficiario, en su caso, Hipervínculo documento de modificaciones a los
alcances, Hipervínculo calendario presupuestal. Periodo evaluado, Mecanismos de evaluación, Instancia(s) evaluadora(s), Hipervínculo a resultados de informe de evaluación Seguimiento a las recomendaciones (en su caso), Formas de participación social (Redactados con perspectiva de género) Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado, Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones, Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar |
|||||||||||||||
| 2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Local | Programas de servicios | Becas para Trabajadores e Hijos de Trabajadores | No | No | Instituto Tecnológico Superior de Huichapan | Dirección Académica (Instituto Tecnológico Superior de Huichapan) | Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan, para el Ejercicio Fiscal 2024. | https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-6-del-31-de-enero-de-2024 | Si | 12/09/2024 | 30/09/2024 | Convocatoria Beca para Trabajadores e Hijos de Trabajadores agosto - diciembre 2024 | 2 | 8 | 4 | 0 | 13326,11 | 0,00 | 13326,11 | 0 | 0 | REQUISITOS: I. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país; y II. Ser estudiante inscrito en un programa de licenciatura o posgrado ofertado por el Instituto Tecnológico Superior de Huichapan; III. Para estudiantes que se reinscriban tener un promedio de calificación general igual o mayor a 80 (ochenta) en el periodo escolar inmediato anterior y haber acreditado todas sus materias del periodo inmediato anterior; IV. Los estudiantes que sean trabajadores o hijos de trabajadores en activo, deberán demostrarlo con documentos oficiales especificados en el apartado de “Documentos a entregar”. PROCEDIMIENTO: El procedimiento estará definido de la siguiente manera: I. El Comité de Becas aprueba la convocatoria; II. La Dirección Académica recibe, publica y difunde la convocatoria; III. El estudiante consulta la convocatoria e inicia el tramite; IV. El estudiante integra y entrega la documentación solicitada; V. La Dirección Académica realizará la recepción de expedientes; VI. La Dirección Académica convoca a sesión al Comité de Becas; VII. El Comité de Becas delibera sobre los beneficiarios y emite resultados; VIII. El Comité de Becas envía a la Dirección Académica el padrón de beneficiarios; IX. La Dirección Académica publica, en los plazos establecidos, los resultados; X. La Subdirección de Servicios Administrativos realiza el pago correspondiente; y XI. El estudiante recibe el apoyo. |
Las y los estudiantes beneficiados se les otorga el reintegro del 54.47% del pago de reinscripción, que equivale a $549.06 (quinientos cuarenta y nueve pesos 06/100 M.N) a los estudiantes de licenciatura y con el 54.47% del pago de inscripción, que equivale $972.29 (novecientos setenta y dos pesos 29/100 M.N) a los estudiantes de Licenciatura y $3385.86 (Tres mil trescientos ochenta y cinco pesos 86/100 M.N) a los estudiantes de posgrado, para el semestre agosto-diciembre 2024 | Las y los estudiantes beneficiados se les otorga el reintegro del 54.47% del pago de reinscripción, que equivale a $549.06 (quinientos cuarenta y nueve pesos 06/100 M.N) a los estudiantes de licenciatura y con el 54.47% del pago de inscripción, que equivale $972.29 (novecientos setenta y dos pesos 29/100 M.N) a los estudiantes de Licenciatura y $3385.86 (Tres mil trescientos ochenta y cinco pesos 86/100 M.N) a los estudiantes de posgrado, para el semestre agosto-diciembre 2024 | Las
quejas y/o sugerencias serán recibidas a través de los buzones que se
habiliten para tal efecto, de la página web institucional, de llamadas
telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios recibidos
por parte del personal Directivo. En los buzones y en la página institucional
existirán formularios para la presentación de las quejas y/o sugerencias, los
cuales deberán llenarse completamente. Para el caso de las quejas y/o
sugerencias a través de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook
institucionales y/o comentarios la persona que reciba la queja y/o sugerencia
deberá recabar todos los elementos que contiene el formulario previo. Una vez que entra la queja y/o sugerencia se registra en el SIAP Software, éste en automático asigna un folio para su seguimiento el cual es notificado al usuario. Dirección General realizará un examen inicial de la misma, para determinar si se tiene respuesta inmediata o es necesario turnarla a alguna de las áreas. Las quejas y/o sugerencias podrán ser rechazadas cuando: se trate de asuntos fuera de la competencia de la Institución y/o no quede claramente explicado el motivo. Las quejas y/o sugerencias de las cuales se desconozca la identidad serán presentadas en las Sesiones Ordinarias del Comité de Calidad para que el Comité las analice y determine qué hacer con ellas. |
Buzón de quejas y sugerencias | En caso de que los y las estudiantes no cumplan con los requisitos o documentación en las fechas establecidos en la Convocatoria emitida por el Comité de becas del ITESHU. | 1 | 1 | No | Sí | Sí | 10/10/2024 | 10/10/2024 | De
acuerdo a la naturaleza del programa no se requiere: Periodo evaluado,
Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece el
beneficiario, en su caso, Hipervínculo documento de modificaciones a los
alcances, Hipervínculo calendario presupuestal. Periodo evaluado, Mecanismos de evaluación, Instancia(s) evaluadora(s), Hipervínculo a resultados de informe de evaluación Seguimiento a las recomendaciones (en su caso), Formas de participación social (Redactados con perspectiva de género) Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado, Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones, Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar |
|||||||||||||||
| 2024 | 01/07/2024 | 30/09/2024 | Local | Programas de servicios | Beca Alimenticia | No | No | Instituto Tecnológico Superior de Huichapan | Dirección Académica (Instituto Tecnológico Superior de Huichapan) | Reglas de Operación de los Programas de Becas Institucionales del Instituto Tecnológico Superior de Huichapan, para el Ejercicio Fiscal 2024. | https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-6-del-31-de-enero-de-2024 | Si | 02/09/2024 | 30/11/2024 | Convocatoria Beca Alimenticia semestre agosto - diciembre 2024 | 3 | 52 | 31 | 0 | 18695,00 | 0,00 | 18695,00 | 0 | 0 | REQUISITOS: I. Nacionalidad mexicana o acreditar su residencia legal en el país; II. Ser estudiante inscrito en un programa de Licenciatura ofertado por el Instituto Tecnológico Superior de Huichapan; III. Presentar un estudio socioeconómico para valoración. PROCEDIMIENTO: El procedimiento estará definido de la siguiente manera: I. El Comité de Becas Institucional aprueba la convocatoria; II. La Dirección Académica recibe, publica y difunde la convocatoria; III. El estudiante consulta la convocatoria e inicia el tramite; IV. El estudiante integra y entrega la documentación solicitada; V. La Dirección Académica realizará la recepción de expedientes; VI. La Dirección Académica convoca a sesión al Comité de Becas; VII. El Comité de Becas delibera sobre los beneficiarios y emite resultados; VIII. El Comité de Becas envía a la Dirección Académica el padrón de beneficiarios; IX. La Dirección Académica publica, en los plazos establecidos, los resultados; X. La Subdirección de Servicios Administrativos realiza el pago correspondiente a la concesionaria de la cafetería; XI. El estudiante recibe el beneficio; |
Las y los estudiantes beneficiados se les otorga un apoyo con el 65.52%, del costo total de una comida diaria para los estudiantes inscritos en la modalidad escolarizada, que equivale a $38.00 (treinta y ocho pesos 00/100 M.N.) y en el caso de los estudiantes inscritos en modalidad mixta un apoyo del 77.59% del costo total de una comida los días sábados, lo que equivale a $45.00 (cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para el semestre enero-julio 2024; dicho apoyo tendrá una vigencia del 02 de septiembre al 30 de noviembre de 2024 | Las y los estudiantes beneficiados se les otorga un apoyo con el 65.52%, del costo total de una comida diaria para los estudiantes inscritos en la modalidad escolarizada, que equivale a $38.00 (treinta y ocho pesos 00/100 M.N.) y en el caso de los estudiantes inscritos en modalidad mixta un apoyo del 77.59% del costo total de una comida los días sábados, lo que equivale a $45.00 (cuarenta y cinco pesos 00/100 M.N.), para el semestre enero-julio 2024; dicho apoyo tendrá una vigencia del 02 de septiembre al 30 de noviembre de 2024 | Las
quejas y/o sugerencias serán recibidas a través de los buzones que se
habiliten para tal efecto, de la página web institucional, de llamadas
telefónicas, cuentas de Facebook institucionales y/o comentarios recibidos
por parte del personal Directivo. En los buzones y en la página institucional
existirán formularios para la presentación de las quejas y/o sugerencias, los
cuales deberán llenarse completamente. Para el caso de las quejas y/o
sugerencias a través de llamadas telefónicas, cuentas de Facebook
institucionales y/o comentarios la persona que reciba la queja y/o sugerencia
deberá recabar todos los elementos que contiene el formulario previo. Una vez que entra la queja y/o sugerencia se registra en el SIAP Software, éste en automático asigna un folio para su seguimiento el cual es notificado al usuario. Dirección General realizará un examen inicial de la misma, para determinar si se tiene respuesta inmediata o es necesario turnarla a alguna de las áreas. Las quejas y/o sugerencias podrán ser rechazadas cuando: se trate de asuntos fuera de la competencia de la Institución y/o no quede claramente explicado el motivo. Las quejas y/o sugerencias de las cuales se desconozca la identidad serán presentadas en las Sesiones Ordinarias del Comité de Calidad para que el Comité las analice y determine qué hacer con ellas. |
Buzón de quejas y sugerencias | En
caso de que los y las estudiantes no cumplan con los requisitos o
documentación en las fechas establecidos en la Convocatoria emitida por el
Comité de becas del ITESHU, así mismo si acumulas cinco faltas injustificadas
a recibir la beca, causará baja del programa. |
1 | 1 | No | Sí | Sí | 10/10/2024 | 10/10/2024 | De
acuerdo a la naturaleza del programa no se requiere: Periodo evaluado,
Denominación del subprograma, vertiente o modalidad a la que pertenece el
beneficiario, en su caso, Hipervínculo documento de modificaciones a los
alcances, Hipervínculo calendario presupuestal. Periodo evaluado, Mecanismos de evaluación, Instancia(s) evaluadora(s), Hipervínculo a resultados de informe de evaluación Seguimiento a las recomendaciones (en su caso), Formas de participación social (Redactados con perspectiva de género) Denominación del (los) programas(s) al(los) cual(es) está articulado, Informes periódicos sobre la ejecución del programa y sus evaluaciones, Hipervínculo al Padrón de Beneficiarios de programas de desarrollo social federal elaborado y publicado por la Secretaría del Bienestar |
|||||||||||||||